jueves, 27 de octubre de 2011

FERIA DEL DISFRAZ



Objetivo: Estimular al aprendiz para que participe activamente en su proceso de Formación Integral mediante la promoción de actitudes y valores como la unión, la confraternización, la solidaridad, la amistad y el trabajo en equipo, para la convivencia social y la dinámica sociocultural mediante la apreciación y participación en distintas manifestaciones artísticas recreativas en los escenarios del Centro Internacional de Producción Limpia.

Para leer las bases del concurso CLIC AQUI

INFORMACION IMPORTANTE APOYO DE SOSTENIMIENTO

martes, 25 de octubre de 2011

INFORMACION CUENTAS MISENA Y GMAIL

REUNION LIDERES DE PROGRAMA

OIM y USAID hacen entrega de equipos tecnológicos al SENA Regional Nariño

San Juan de Pasto 24 de Octubre de 2011. La Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), donarán 33.292 dólares al Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA Regional Nariño, en equipos de última tecnología para la formación de sus aprendices.

La donación hace parte de un convenio entre el SENA y OIM con el apoyo financiero de USAID, a través del Programa de atención a niños y niñas desvinculados y en riesgo de reclutamiento que implementa la OIM como una iniciativa de prevención de la vinculación de los niños, niñas y adolescentes al conflicto armado en el departamento de Nariño.

Se trata de equipos que componen seis kits de bilogía y seis de química los que se entregarán al Centro Internacional de Producción Limpia Lope y al Centro Agroindustrial y Pesquero de la Costa Pacífica en Tumaco, lo que permitirá fortalecer los cursos de formación de estos dos centros. En el caso de Pasto en las Tecnologías de Agua y Saneamiento, Reproducción Bovina, Producción Pecuaria, Control de Alimentos entre otros, en el caso de Tumaco en las Tecnologías de Agrobiotecnología y Control de Calidad de Alimentos.

La entrega de los equipos se realizará mañana martes 25 de octubre a las 3:00 de la tarde en las instalaciones del área administrativa del SENA Regional Nariño Calle 22 No 11E-05 Vía Oriente Pasto. Al evento de entrega asistirán; la Monitora de Campo en Nariño de la organización, Sara Bastidas, quien junto al representante en Nariño de la OIM, Doctor Edgar Jiménez harán entrega de los kits tecnológicos.

La OIM trabaja con el objetivo de apoyar la restitución de los derechos de aquellas personas que han sido víctimas de migración forzada y al gobierno colombiano y organizaciones sociales en sus actividades de atención, prevención y medidas de protección para las poblaciones vulnerables.

El SENA busca de manera permanente fortalecer la educación de sus aprendices con gestiones con entidades internacionales con el propósito de continuar entregando formación pertinente y gratuita, que con este convenio macro con la OIM se ha logrado fortalecer la formación de la institución.

jueves, 20 de octubre de 2011

SERVICIO NACIONAL DE FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE
APRENDIZAJE - SENA DESARROLLO – FONADE
Dirección de Empleo y Trabajo

CONVENIO No. 193048 SENA – FONADE

Convenio de adhesión No.130 de fecha 29 de diciembre de 2010 celebrado con el Ministerio de Cultura

CONVOCATORIA CERRADA N° 77 PARA EL MINISTERIO DE CULTURA

PARA FINANCIAR INICIATIVAS EMPRESARIALES QUE REPRESENTEN UN IMPACTO O DESARROLLO EN EL CAMPO CULTURAL QUE PROVENGAN Y SEAN DESARROLLADAS POR APRENDICES, EGRESADOS, PRACTICANTES UNIVERSITARIOS, PROFESIONALES CON PREGRADO O QUE SE ENCUENTREN CURSANDO ESPECIALIZACIÓN, MAESTRIA Y/O DOCTORADO, ASÍ COMO EGRESADOS DE ESTOS PROGRAMAS, QUE HAYAN CULMINADO Y OBTENIDO LA CERTIFICACIÓN DENTRO DE LOS ÚLTIMOS 60 MESES Y CUYA FORMACIÓN SE ESTÉ DESARROLLANDO O SE HAYA DESARROLLADO EN INSTITUCIONES RECONOCIDAS POR EL ESTADO, DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES 30 DE 1992 Y 115 DE 1994.

VECTOR: GESTIÓN TECNOLOGÍAS INNOVACIÓN Y EMPRENDIMIENTO PARA LA COMPETITIVIDAD.

Octubre de 2011

ÍNDICE

CONTENIDO

PÁGINA

ANTECEDENTES

3

CAPÍTULO I

INFORMACIÓN GENERAL

4

1.1 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

4

1.2 REGIMEN JURÍDICO APLICABLE

4

1.3 CALIDAD DE LOS RECURSOS

4

1.4 TOPES Y MONTOS DE LOS RECURSOS

4

1.5 QUIENES PUEDEN PARTICIPAR

5

1.6 QUE PLANES DE NEGOCIO SE PUEDEN PRESENTAR

6

1.7 RUBROS FINANCIABLES

6

1.8 RUBROS NO FINANCIABLES

7

CAPÍTULO II

ETAPAS PARA LA FORMULACIÓN, REGISTRO Y EVALUACIÓN DE

LOS PLANES DE NEGOCIO

7

2.1 FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA

8

2.2 FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO

9

2.3 CONFORMACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS

9

2.4 REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO

10

2.5 CRITERIOS A UTILIZAR PARA EVALUAR LOS PLANES DE

NEGOCIO

10

2.6 CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Y JERARQUIZACIÓN PARA LA

ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS

12

CAPÍTULO III

ASIGNACIÓN DE RECURSOS

13

3.1 PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA

13

3.2 ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS

13

3.3 DESEMBOLSO DE RECURSOS

14

3.4 SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A BENEFICIARIOS

14

3.5 SUPERVISION Y CONTROL EN EL PROCESO DE CONVOCATORIA

15

3.6 INTERVENTORÍA

15

3.7 PUBLICIDAD

15

3.8 MECANISMOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y SOLUCIÓN DE

INQUIETUDES

15

ANTECEDENTES

La ley 789 de 2002 dispone en su artículo 40 la creación del Fondo Emprender como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, y reglamentado por el decreto 934 de 2003. Su objeto exclusivo es la financiación de iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales, cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en las Instituciones reconocidas por el Estado.

El objetivo general del Fondo Emprender es incentivar y facilitar la generación y creación de empresas contribuyendo al desarrollo humano e inserción en el sector productivo, coadyuvando al desarrollo social y económico del país a través de una formación pertinente y de capital semilla.

La administración y dirección del Fondo Emprender está a cargo del Consejo Directivo del SENA, quien ejerce las funciones del consejo de administración del mismo. La dirección ejecutiva está a cargo del Director General del SENA o su delegado.

El Fondo Emprender cuenta como principal fuente de financiación, con los recursos asignados por la monetización total o parcial de la cuota de aprendizaje, establecida en el artículo 34 de la ley 789 de 2002, los cuales en un 80% se destinan por ley 789 de 2002, para financiar las iniciativas empresariales que a este programa se presentan.

Si bien la monetización es la principal fuente de financiación, no es la única y es así como el Acuerdo No. 00006 de 2007 y el artículo 3º del Acuerdo 00004 de 2009, contempla la posibilidad de que los entes Gubernamentales del territorio nacional, puedan aportar recursos de su presupuesto, para que sean parte del Fondo Emprender, con el propósito de financiar planes de negocio que sean viables y propicien el desarrollo socioeconómico de su región.

La contrapartida correspondiente al aporte del Fondo Emprender se ajustará a lo señalado en el parágrafo del artículo 3º del acuerdo 00006 de 2007.

El presente documento ofrece los términos de referencia para la convocatoria cerrada N° 77 del Fondo Emprender y el Ministerio de Cultura, cuyo objetivo es financiar iniciativas empresariales, que representen un impacto o desarrollo en el campo cultural, que provengan y sean desarrolladas por aprendices del SENA, egresados, practicantes universitarios, profesionales con pregrado o que se encuentren cursando especialización, Maestría y/o Doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses y cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el estado, de conformidad con las leyes 30 de 1992 y 115 de 1994.

CAPÍTULO I

INFORMACIÓN GENERAL

1.1 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Financiar iniciativas empresariales que representen un impacto o desarrollo en el campo cultural, que provengan y sean desarrolladas por aprendices, egresados, practicantes universitarios, profesionales con pregrado o que se encuentren cursando especialización, maestría y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses y cuya formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones reconocidas por el Estado, de conformidad con las leyes 30 de 1992 y 115 de 1994.

1.2 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

· La Ley 789 de 2002 “Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo”.

· El artículo 40 de la Ley 789 de 2002 creó el Fondo Emprender – FE como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, el cual será administrado por esa entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales, en los términos allí dispuestos.

· El Decreto 934 de 2003 del Ministerio de la Protección Social, por el cual se reglamenta el Fondo Emprender, modificado por el Decreto 3930 de 2006 expedido por el Ministerio de la Protección Social.

· El Decreto 249 de 2004 por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

· El Acuerdo 00004 de 2009, del Consejo Directivo Nacional del SENA, por el cual se establece el reglamento interno del Fondo Emprender, y los manuales de operaciones y de financiación del Fondo Emprender, que hacen parte integral del acuerdo.

· Acuerdo 00006 de 2007 por el cual se establecen condiciones para la suscripción de convenios de adhesión y se establece el reglamento interno para las convocatorias cerradas del Fondo Emprender.

1.3 CALIDAD DE LOS RECURSOS

De conformidad con lo señalado en el artículo 40 de la Ley 789 de 2002 y el Acuerdo 00004 de 2009, reglamento interno del Fondo Emprender, los recursos entregados por el

Fondo Emprender tendrán como objeto exclusivo financiar iniciativas empresariales, que

provengan de:

1. Estudiante SENA matriculado en un programa de Formacion Titulada, que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación, así como egresados de estos programas, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses.

2. Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

3. Estudiantes que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior - primer pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

4. Técnico Profesional, Tecnólogo o Profesional Universitario, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses, de un programa de educación superior reconocido por el estado de conformidad con las leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen o adicionen.

5. Estudiantes que se encuentren cursando especialización, maestría y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses.

6. Estudiante SENA, del programa Jóvenes Rurales y Línea de Formación Líderes del Desarrollo, que hayan completado 200 horas del programa de formación o egresados de este programa, cuyo título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses.

7. Egresados del programa de formación SENA, para Población en situación de desplazamiento por la violencia, que hayan completado 90 horas del proceso de formación y cuyo título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses.

La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa. En el caso de las asociaciones estas tendrán que estar integradas por lo menos por el 51% de aprendices; el resto de la asociación podrá integrarse con los demás beneficiarios de que trata el artículo 2º del acuerdo 004 de 2009.

Recursos que podrán ser reembolsables o no reembolsables, siempre y cuando la destinación que se les de corresponda a lo establecido en el plan de negocios aprobado por el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, en su calidad de Consejo de Administracion del Fondo Emprender y cumpla con los indicadores de gestión formulados en el mismo.

1.4 TOPES Y MONTOS DE LOS RECURSOS

El Fondo Emprender otorgará recursos hasta el ciento por ciento (100%) del valor del plan de negocio, de conformidad a la recomendación del evaluador así (Acuerdo 004 de 2009):

· Si el plan de negocios genera hasta 3 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los (80) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

· Si el plan de negocios genera hasta 5 empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los (150) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

· Si el plan de negocios genera 6 o más empleos, el monto de los recursos solicitados no superará los (180) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

El monto a financiar para cada plan de negocio, se establece conforme a los salarios mínimos legales mensuales vigentes que rigen a la fecha de la apertura de la convocatoria. El número de empleos a generar se debe establecer de conformidad con el Manual de Operaciones del Fondo Emprender.

1.5 QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR

Podrán acceder a los recursos del Fondo Emprender, los ciudadanos colombianos, mayores de edad, que estén interesados en iniciar un proyecto empresarial en el campo cultural, desde la formulación de su plan de negocio o que su empresa no supere los doce (12) meses de haberse constituido legalmente en cualquier región del país y que acrediten, al momento del aval del plan de negocios, alguna de las siguientes condiciones:

1. Estudiante SENA matriculado en un programa de Formacion Titulada, que haya finalizado la etapa lectiva de un programa de formación, así como egresados de estos programas, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses.

2. Estudiante que se encuentre cursando los dos (2) últimos semestres en un programa de educación superior de pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

3. Estudiantes que hayan concluido materias, dentro de los últimos doce (12) meses, de un programa de educación superior - primer pregrado, reconocido por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen.

4. Técnico Profesional, Tecnólogo o Profesional Universitario, cuyo título haya sido obtenido durante los últimos 60 meses, de un programa de educación superior reconocido por el estado de conformidad con las leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen o adicionen.

5. Estudiantes que se encuentren cursando especialización, maestría y/o doctorado, así como egresados de estos programas, que hayan culminado y obtenido la certificación dentro de los últimos 60 meses.

6. Estudiante SENA, del programa Jóvenes Rurales y Línea de Formación Líderes del Desarrollo, que hayan completado 200 horas del programa de formación o egresados de este programa, cuyo título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses.

7. Egresados del programa de formación SENA, para Población en situación de desplazamiento por la violencia, que hayan completado 90 horas del proceso de formación y cuyo título haya sido obtenido dentro de los últimos 60 meses.

La presentación de un plan de negocio podrá realizarse de manera individual o asociativa. En el caso de las asociaciones estas tendrán que estar integradas mayoritariamente por aprendices; el resto de la asociación podrá integrarse con los demás beneficiarios de que trata el artículo 2º del acuerdo 004 de 2009.

1.6 QUÉ PLANES DE NEGOCIO SE PUEDEN PRESENTAR?

A nivel nacional, podrán ser presentados planes de negocio, a través del Sistema de Información del Fondo Emprender, para el campo cultural, en los sectores: creación literaria, musical y teatral, artes escénicas y espectáculos artísticos, artes plásticas y visuales, libros y publicaciones, audiovisual, música, patrimonio material, patrimonio natural, patrimonio inmaterial y formación cultural, de conformidad a lo planteado en las líneas de acción del Grupo de Emprendimiento Cultural del Ministerio de Cultura y a lo establecido en el numeral 1.5 de los términos de referencia.

Nota: Los planes de negocios que se presenten a esta convocatoria, deben tener componentes de innovación y base tecnológica, como factor de competitividad para ser sostenibles durante el proceso de su ejecución.

Los asesores de emprendimiento de las diferentes Unidades, tanto externas como internas, deben garantizar desde la etapa de formulación del plan de negocios la inclusión de estos componentes y los mismos serán factor determinante en la etapa de priorización y jerarquización (Acuerdo 0004 de 2009, art. 14)

1.7 RUBROS FINANCIABLES

Los recursos que asigne el Fondo Emprender deberán ser utilizados para:

· La financiación del capital de trabajo del plan de negocio, entendiéndose por capital de trabajo, los recursos necesarios para el funcionamiento y operación de la empresa, consistente en dinero destinado al pago de salarios, insumos para el ciclo productivo (materia prima, bienes en proceso) que contribuyen directamente o que forman parte del proceso de producción.

· Adquisición de maquinaria y equipo, costos que se generen por concepto de constitución legal y licencias requeridas por ley para el normal funcionamiento del proyecto. Así mismo, podrán financiarse con estos recursos las adecuaciones o remodelaciones de los bienes que conforman el proceso de dotación técnica y que sean indispensables para el desarrollo del plan de negocios, siempre y cuando el monto no supere el 20% del total solicitado ante el Fondo Emprender.

· Adquisición e implementación de franquicias, siempre y cuando, además de los criterios señalados en el artículo 13º del presente Acuerdo, este modelo de negocios represente una alternativa de impacto para la región, genere valor agregado, garantice sostenibilidad en el mercado, no haya saturación en la zona y tenga impacto en la generación de empleo.

En caso de que el plan de negocio requiera un monto mayor de financiación, el emprendedor debe manifestar en el plan de negocio la fuente de financiación de esos recursos.

1.8 RUBROS NO FINANCIABLES

El Fondo Emprender no financiará los siguientes rubros:

· Compra de bienes muebles que no estén relacionados con el objeto del plan de negocio.

· Compra de bienes inmuebles.

· Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes inmuebles, que no conformen el proceso de dotación técnica y que no sean indispensables para el desarrollo del plan de negocios

· Estudios de factibilidad de proyectos (consultorías, asesoría jurídica, financiera, etc.).

· Adquisición de vehículos automotores.

· Pagos de pasivos, deudas o de dividendos.

· Recuperaciones de capital.

· Compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores mobiliarios.

· Pago de regalías, impuestos causados, aportes parafiscales.

· Formación académica.

· Pago de derechos o inscripciones para participar en eventos comerciales nacionales o internacionales

· Gastos de viaje y desplazamiento.

· Compra de primas o locales comerciales.

CAPÍTULO II

ETAPAS PARA LA FORMULACIÓN, REGISTRO Y EVALUACIÓN DE LOS PLANES DE NEGOCIO

2.1 FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria Cerrada para el Ministerio de Cultura, será abierta a partir de las 8 a.m., del día 18 de octubre de 2011 y tendrá dos cierres parciales uno el 16 de noviembre de 2011 y el otro el 16 de marzo de 2012 a las 11.59 p.m., según el siguiente cronograma:

CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA

ACTIVIDAD

FECHA

Resolución del Director General del SENA autorizando la apertura de la Convocatoria cerrada.

01871 de Octubre 12 de 2011

Fecha de apertura de la convocatoria

18 de octubre de 2011 a las 8 a.m.

Inscripciones de planes de negocio

A partir del 18 de octubre de 2011

Fechas de cierres de la Convocatoria

Primer cierre: 16 de noviembre de 2011 a las 11.59 p.m.

Segundo cierre: 16 de marzo de 2012 a las 11:59 p.m.

Recepción de documentos de acreditación como beneficiarios

Los documentos deben ser remitidos a FONADE durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de haber sido avalado el plan de negocios por el jefe de la unidad de emprendimiento.

Evaluación de planes de negocio

Después de efectuado el cierre FONADE tendrá 30 días calendario para efectuar las evaluaciones correspondientes.

Publicación de planes de negocios con las observaciones de evaluación.

Primer cierre: 16 de diciembre de 2011

Segundo cierre: 16 de abril de 2012

Observaciones a resultados por parte de los emprendedores.

Primer cierre: 19 al 23 de diciembre de 2011

Segundo cierre: 17 al 23 de abril de 2012

Respuesta a observaciones por FONADE

Primer cierre: 26 al 28 de diciembre de 2011

Segundo cierre: 24 al 26 de abril de 2012

Publicación de planes de negocio viables y no viables que pasan a la etapa de priorización y jerarquización

Primer cierre: 29 de diciembre de 2011

Segundo cierre: 27 de abril de 2012

Jerarquización y priorización por parte de la Comisión Técnica Nacional

Primer cierre: En reunión de enero de 2012

Segundo cierre: en reunión de mayo de 2012

Aprobación y asignación de recursos por parte del Consejo Directivo del SENA a Planes de Negocio

Primer cierre: En reunión de febrero de 2012

Segundo cierre: En reunión de junio de 2012.

Publicación de resultados en la página Web

Primer cierre: Marzo 01 de 2012

Segundo cierre: Julio 03 de 2012

Entrega de minuta de contrato a beneficiarios

Primer cierre: A partir del 07 de marzo de 2012

Segundo cierre: A partir del 10 de julio de 2012

Firma contrato y constitución de garantías por parte de los emprendedores

Primer cierre: A partir del 08 de marzo de 2012

Segundo cierre: A partir del 11 de julio de 2012.

Desembolso de recursos por parte de FONADE

Primer cierre: A partir del 09 de marzo de 2012. Una vez sea firmada el acta de inicio por parte de la interventoría

Segundo cierre: A partir del 12 de julio de 2012. Una vez sea firmada el acta de inicio por parte de la interventoría

Nota: La viabilidad del plan de negocio, no puede considerase como la aprobación de financiación del mismo, pues una vez viable tendrá que surtir la etapa de jerarquización y priorización contemplada en el artículo 14 del acuerdo 00004 de 2009.

2.2 FORMULACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO

Los Centros de Formación del SENA, las instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas y demás entidades públicas o privadas que asuman el compromiso de asesorar planes de negocio en forma gratuita, bajo los parámetros y la metodología del Fondo Emprender. Conformarán Unidades de Emprendimiento con el fin de garantizar su viabilidad y su consecuente registro en el sistema de información de las iniciativas empresariales presentadas y aprobadas.

Será responsabilidad exclusiva de las Unidades de Emprendimiento verificar el cumplimiento de la condición de beneficiario, de conformidad con las normas vigentes; dicha verificación será requisito indispensable para iniciar la asesoría respectiva.

Las instituciones de Educación Superior aprobadas por el Estado, las Incubadoras de Empresas, y demás entidades públicas o privadas, diferentes a los Centros de Formación del SENA, deberán presentar un certificado de compromiso al SENA en el que conste su disposición y disponibilidad para realizar de forma gratuita la asesoría y acompañamiento, tanto en la etapa de formulación del plan de negocio, como durante la ejecución del mismo.

Una vez se presente el certificado al Coordinador del Grupo de Emprendimiento Empresarismo y Fondo Emprender de la Dirección General del SENA para su análisis y aprobación, éste oficiará al Gerente Administrador del Recursos de Fondo Emprender, como administrador del Sistema de Información, para que ordene a quien corresponda activar a la institución en el sistema y se le asigne la clave de acceso, con la cual podrá participar en la asesoría y acompañamiento permanente de los planes de negocio.

En el evento en que se establezca que se ha incumplido con los compromisos adquiridos con el SENA, no se podrán presentar nuevos proyectos al Fondo Emprender. Los Emprendedores podrán presentar para esta convocatoria sus proyectos a través de las Unidades de Emprendimiento del SENA, que representen un impacto en la generación de empleo.

2.3 CONFORMACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS

La Plataforma del Sistema de Información del Fondo Emprender está compuesta en cada Plan de Negocios por los siguientes módulos:

1. Módulo de Mercado: Contiene la información correspondiente a los objetivos del proyecto, su justificación, sus antecedentes, la investigación de mercado, las estrategias de mercado y las proyecciones de ventas.

2. Módulo de Operación: Incluye la forma de operación del negocio, el plan de compras, los costos de producción y la infraestructura requerida del proyecto.

3. Módulo de Organización: El Módulo de organización presenta la estrategia organizacional del proyecto, la estructura organizacional, los aspectos legales a cumplir y los costos administrativos.

4. Módulo de Finanzas: Analiza los ingresos, los egresos y el capital de trabajo del proyecto soportado con sus estados financieros.

5. Módulo Plan Operativo: Presenta la forma como el emprendedor utilizará los recursos aprobados del Fondo Emprender y los propios descritos en forma mensual. Este documento contendrá en forma detallada la periodicidad con que la empresa requiera que se realice por parte del administrador de los recursos el desembolso correspondiente.

6. Módulo de Impacto: Describe los impactos del proyecto a nivel económico, social y ambiental.

7. Módulo de Resumen Ejecutivo: Contiene los principales aspectos del proyecto y el equipo de trabajo que desarrollará el proyecto.

8. Módulo de Anexos: Permite adjuntar archivos que complementen cualquier información adicional de los módulos expuestos.

2.4 REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PLANES DE NEGOCIO

Los planes de negocios deberán ser presentados por los emprendedores a través de las Unidades de Emprendimiento de los centros del SENA y por la unidades de emprendimiento que hayan suscrito certificado de compromiso con el Fondo, a través al Sistema de información del Fondo Emprender disponible en la página www.fondoemprender.com, y podrán presentarse planes de negocios con impacto en el sector cultural, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.5 del presente documento.

Los interesados en participar en la presente convocatoria cerrada deberán cumplir con los siguientes requisitos:

· Haber cumplido la mayoría de edad.

· No haber sido beneficiado(s) con los recursos del Fondo Emprender.

· Que la formación certificada con base en los parámetros del artículo 20 del Acuerdo 0004 de 2009 y sus adiciones o modificaciones, tenga relación con el plan de negocio.

· Haber surtido la etapa de estudio por parte del Comité Regional de Evaluación de proyectos, el cual estará compuesto por actores externos al Sena, que hagan parte de la red de emprendimiento en la Región, quienes revisaran el cumplimiento del perfil emprendedor y sus actitudes y aptitudes como persona emprendedora, además la viabilidad técnica del plan de negocio, para el posterior aval en el sistema de información del Fondo Emprender por parte del jefe de la unidad de emprendimiento de las instituciones señaladas en el art. 10 del acuerdo 004 de 2009.

· No estar incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad consagradas en la ley para contratar con el Estado.

· No existir ningún tipo de vinculación laboral o contractual con el Grupo de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

· Señalar la dedicación en horas de trabajo de los beneficiarios al proyecto, la cual se debe expresar claramente en la formulación del plan de negocio, indicando si es dedicación de tiempo completo o de tiempo parcial. Para el caso de tiempo parcial se debe indicar el número de horas mensuales dedicadas al proyecto.

2.5 CRITERIOS A UTILIZAR PARA EVALUAR LOS PLANES DE NEGOCIO

El proceso de evaluación de las propuestas presentadas al FONDO EMPRENDER, estará a cargo de los evaluadores seleccionados por FONADE en virtud del convenio No. 193048 de 2003, suscrito entre SENA y FONADE, el cual tiene por objeto, establecer si de acuerdo con su naturaleza el plan de negocio presentado cumple con los siguientes criterios:

· Viabilidad técnica, operativa y medición del riesgo del plan de negocio.

· Viabilidad financiera dada por los indicadores, tales como: valor presente neto, tasa interna de retorno, relación costo beneficio, costo anual equivalente.

· Viabilidad jurídica del plan de negocio.

· Generación y sostenibilidad de empleo productivo de manera directa.

· Los planes de negocio deben especificar las contrapartidas en especie, que harán los beneficiarios de los planes de negocio, que garanticen un aporte al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en el cumplimiento de su misión.

· Estructura y coherencia de la propuesta en términos de los antecedentes, estudio de mercado, justificación, resultados esperados y esquema de ejecución del presupuesto.

· Integración con mini cadenas, cadenas productivas o clústeres de la región donde se desarrollará la actividad empresarial.

· Compatibilidad con el desarrollo sostenible del país, generando alternativas que favorezcan la preservación del medio ambiente.

· Empleo de nuevas tecnologías en el proceso creativo, productivo, y en los canales de distribución del bien o servicio ofrecido.

· Contribución al fortalecimiento de la identidad cultural de la región donde se ejecuta el proyecto.

· Desarrollo del potencial productivo del proyecto dentro de las diferentes cadenas de valor[1] de las industrias culturales, para los siguientes sectores:

1. Creación literaria, musical y teatral.

2. Artes escénicas y espectáculos artísticos

a. Teatro

b. Danza

c. Marionetas

d. Otras formas escénicas

3. Artes plásticas y visuales

a. Fotografía

b. Pintura

c. Escultura

d. Arte industrial

e. Grabado, artes gráficas

f. Ilustración

4. Libros y publicaciones

a. Libros

b. Publicaciones periódicas (prensa, periódicos, revistas)

c. Otros productos editoriales (tarjetas postales, carteles, afiches)

5. Audiovisual

a. Cine y video

b. Radio

c. Televisión

d. Multimedia (animación digital e interactiva)

e. Videojuegos

6. Música

a. Edición de música

b. Producción fonográfica

7. Patrimonio material

a. Inmueble (centros históricos, monumentos históricos, patrimonio arqueológico)[2]

b. Mueble (antigüedades, cuadros históricos)

c. Bibliotecas

d. Museos y objetos de colección pública y privada

e. Archivos (fílmicos, documentales y otros repositorios)

8. Patrimonio natural

a. Reservas naturales

b. Jardines botánicos y zoológicos

c. Colecciones de zoología, mineralogía y anatomía

9. Patrimonio inmaterial

a. Fiestas tradicionales

b. Gastronomía, (a partir de la recuperación de saberes y tradiciones culinarias locales).

c. Artesanía indígena, tradicional y contemporánea

d. Otras tradiciones y expresiones orales

e. Lenguas y dialectos

10. Formación cultural

a. Formación artística

En los casos en que haya lugar, los evaluadores solicitarán dentro del período de evaluación información aclaratoria y/o complementaria a los emprendedores, quienes tendrán un plazo de cinco (5) días contados a partir de la fecha de la solicitud, para aportar la información. De no recibirse la información y documentación solicitada en el término establecido, se entenderá que se ha desistido de la solicitud y el informe de evaluación hará referencia a esta situación. Este procedimiento se hará a través del Sistema de Información.

Los planes de negocio que no reúnan los requisitos establecidos, o cuya información sea inexacta o no verídica, o que sean presentadas por emprendedores que no cumplan con las condiciones para ser beneficiarios del Fondo Emprender, serán descalificados; en consecuencia, estos planes de negocio no serán evaluados.

2.6 CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN Y JERARQUIZACIÓN PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS

Una vez superada la etapa de evaluación, los planes de negocio, clasificados como viables, serán priorizados y jerarquizados de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Componente de innovación y base tecnológica del plan de negocio, conforme a los criterios establecidos por las Unidades Técnicas del SENA y el documento CONPES 3527-DNP-Politica Nacional de Competitividad y Productividad.

2. Número de empleos directos a generar y mantener, respecto al monto de recursos otorgados por el Fondo Emprender.

3. Número de empleos directos a generar para población vulnerable, frente al total de empleos directos.

4. Número de empleos directos a generar entre población que estén dentro del rango de edad de 18 a 24 años.

5. Proyectos que desarrollen su actividad en municipios donde el Índice de Desarrollo Humano, o aquel que cumpla con la misma función, sea el más bajo.

6. Proyectos que desarrollen su actividad dentro de los sectores priorizados en el Plan Nacional de Desarrollo y/o planes regionales.

El plan de negocio y el Sistema de Información deberán contemplar las variables que permitan aplicar los criterios de que trata el presente artículo.

CAPÍTULO III

ASIGNACIÓN DE RECURSOS

3.1 PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA

La presente convocatoria cuenta con un presupuesto asignado de MIL MILLONES DE PESOS MCTE ($1.000.000.000). De los cuales el Fondo Emprender, aporta la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($500.000.000) y el Ministerio de Cultura la suma de QUINIENTOS MILLONES DE PESOS MCTE ($500.000.000).

Estos recursos se encuentran en FONADE, entidad que ejerce la función de Gerente Administrador de los recursos del Fondo Emprender.

3.2 ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS

La decisión de financiación de los planes de negocio será tomada por el Consejo Directivo Nacional del SENA, con base en los resultados del estudio y recomendaciones de la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender, encargada de priorizar y jerarquizar los planes de negocio. Los resultados serán publicados por FONADE en la página Web del Fondo Emprender www.fondoemprender.com.

3.3 DESEMBOLSO DE RECURSOS

Una vez asignados los recursos y aceptadas las condiciones para el desembolso por parte de los beneficiarios, el Gerente administrador de recursos del Fondo Emprender FONADE, procederá dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a elaborar el contrato por el término de duración del plan de negocio, el cual será remitido a los beneficiarios. Este contrato deberá ser devuelto al Gerente administrador de los recursos del proyecto dentro de treinta (30) días calendario siguientes a su recibo, debidamente firmado y adjuntando los siguientes documentos:

· Certificado de constitución legal emitido por la autoridad competente, en donde conste que la vigencia de la empresa es igual o mayor a la duración del contrato a suscribir más 12 meses, el cual debe ser tramitado una vez se suscriba el contrato y entregado a FONADE.

· Pagaré en blanco, firmado por todos los beneficiarios en calidad de deudores solidarios, a favor del SENA.

· Póliza de seguro de vida que ampara al beneficiario, expedida por una compañía de seguros legalmente aprobada por el estado.

Una vez aprobada la financiación para el plan de negocio, el Emprendedor o grupo de Emprendedores, tendrá un plazo máximo para la legalización del contrato y constitución de la empresa de 30 días calendario, los cuales serán contados a partir del momento en que se remiten los contratos a las respectivas unidades de emprendimiento.

Cuando se presente fuerza mayor o caso fortuito el emprendedor o grupo de emprendedores deberá enviar una comunicación al Gerente Administrador de los recursos solicitando un único plazo adicional, el cual no podrá ser superior a 60 días calendario, contados a partir del momento en que se remiten los contratos a las unidades de emprendimiento, indicando la fecha de cumplimiento para la devolución y legalización del contrato.

Si pasado este término no se ha legalizado el contrato o no se han cumplido los requisitos para el desembolso, se entenderá que el emprendedor o grupo de emprendedores desiste de la financiación del plan de negocio.

3.4 SEGUIMIENTO Y ACOMPAÑAMIENTO A BENEFICIARIOS

Los Centros de Formación Profesional del SENA, las instituciones de educación aprobadas por el Estado y las incubadoras de empresas, así como las demás entidades a las cuales hace referencia el artículo 10 del Acuerdo 0004 de 2009 y sus adiciones o modificaciones, deberán realizar a través de las unidades de emprendimiento el acompañamiento durante la etapa de ejecución del plan de negocio. En el evento en el que al plan de negocio se le asignen recursos por parte del Fondo, deberá además efectuar el acompañamiento técnico-operativo durante el primer año de ejecución o su prorroga si la hubiere, de los planes de negocio avalado por ellos, apoyándose en el sistema de información diseñado para tal fin o en cualquier medio que consideren necesario, para garantizar el cumplimiento de los indicadores de gestión establecidos en el plan de negocio aprobado por el Consejo Directivo Nacional del SENA.

Las Unidades de Emprendimiento deberán rendir un informe cada tres meses sobre la situación de cada uno de los planes de negocio aprobados en cada convocatoria a la Dirección de Empleo y Trabajo – Grupo Integrado de Emprendimiento Empresarismo y Fondo Emprender.

3.5 SUPERVISIÓN Y CONTROL EN EL PROCESO DE CONVOCATORIA

El proceso será ejecutado por FONADE bajo la supervisión y control del SENA.

3.6 INTERVENTORÍA

El Gerente Administrador de los Recursos del Fondo Emprender FONADE, deberá realizar la interventoría permanente de los planes de negocio financiados y presentar informes bimensuales de avance de ejecución de los mismos, al Supervisor y Coordinador por parte del SENA.

3.7 PUBLICIDAD

Esta convocatoria debe publicarse en la página Web del SENA www.sena.edu.co, página Web de FONADE www.fonade.gov.co, pagina Web del Fondo Emprender www.fondoemprender.com y página Web del Ministerio de Cultura: www.mincultura.gov.co

3.8 MECANISMOS DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y SOLUCIÓN DE INQUIETUDES

Para estos efectos podrá consultar el Call Center del SENA, a través de las líneas 5925555 (Bogotá) y 018000 910270 (resto del país), y la pagina Web www.fondoemprender.com, con el apoyo del Ministerio de Cultura a través de la pagina Web www.mincultura.gov.co



[1] Entiéndase cadena de valor como la identificación de los procesos y operaciones que aportan valor al sector cultural, desde la identificación de la demanda hasta que se entrega un producto o servicio final.

[2] Ver el apartado 1.8 Rubros No Financiables, referido a la no financiación de compra de bienes inmuebles con recursos del Fondo Emprender.